El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que extienden la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública hasta el 2028, el cual entrará en vigor este sábado 19 de noviembre.
Este viernes se incluyó en el DOF el mandato por el que se reforma el artículo 5° transitorio del decreto publicado el 26 de marzo de 2019. Con este, se establece que el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública hasta 2028.
Esto después de que el Congreso de la Unión y la mayoría de las Legislaturas locales ratificaron esta reforma.
El texto establece que la participación deberá ser extraordinaria, acreditando su “absoluta necesidad”, y “temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil”. Igualmente, estará regulada y fiscalizada, con rendición de cuentas, y estará subordinada y será complementaria, por lo que las labores solo podrán realizarse en su auxilio o complemento.
La Fuerza Armada deberá capacitarse en la doctrina policial civil y sus actividades “en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles”, apunta el documento.
El Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral para evaluar los resultados en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Para analizar estos últimos, se establecerá, en un plazo no mayor a sesenta días, una comisión bicameral que se reunirá cada que la convoque su directiva. Para la emisión del dictamen semestral, la comisión convocará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina.
El dictamen evaluará el cumplimiento del decreto y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia permanente del ejército en esas labores.
La Cámara de Senadores evaluará su participación a fin de garantizar que concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública las asuman en la fecha establecida.
Las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas remitirán anualmente una evaluación integral, en una perspectiva de seis años. Los resultados de esas evaluaciones serán la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.
El decreto también estipula que se establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios “destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública”, independiente de otro ramo del Presupuesto de Egresos de la Federación.
“No podrá ser inferior en términos porcentuales al incremento que reciba la Fuerza Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año. Los recursos de dicho fondo no podrán ser utilizados para otro fin”, subraya.
Hasta un 25% se asignará a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad pública, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
En adición, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas establecerán anualmente un fondo de apoyo a las instituciones de seguridad pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación.
Esta reforma, así como la iniciativa que otorga a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) el control de la Guardia Nacional, han suscitado críticas por diversas organizaciones nacionales e internacionales que han señalado que se trata de una profundización de la militarización.
A mediados de octubre, la jueza Karla Macías, otorgó una suspensión definitiva que frena la transferencia de la GN a la Sedena. Por su parte, la reforma que extiende la presencia de los militares en tareas de seguridad pública entrará en vigor este sábado tras ser publicado el decreto en el DOF.
Mecanismos internacionales de las Naciones Unidas han expresado su preocupación por el creciente papel de las Fuerzas Armadas y la ausencia de mecanismos de control y de rendición de cuentas.
Estos han señalado que los militares sólo deben intervenir en la seguridad pública de forma temporal, en circunstancias excepcionales, como último recurso, y siempre bajo la supervisión efectiva de órganos civiles independientes.
Asimismo, desde 1998, diversos organismos de la ONU han emitido más de 30 recomendaciones al Estado mexicano para que abandone la militarización con el fin de prevenir violaciones a Derechos Humanos y desapariciones forzadas. Todas han sido aceptadas por el país.
Este 28 de noviembre comenzará el análisis en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del decreto para el uso de las fuerzas armadas en seguridad pública, como respuesta a la demanda que se ha hecho a la Corte por no abordar el tema de militarización con rapidez.