El presidente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro Alito Moreno Cárdenas, podría seguir al frente del tricolor hasta el 2024, pues el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la negativa que impedía dicho movimiento, de acuerdo a una decisión que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE).

Con cinco votos a favor y dos en contra —de parte de la magistrada Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón—, el proyecto del magistrado José Luis Vargas fue aprobado, por lo que el priista tendría paso libre para solicitar la extensión de mandato y no llamar a elecciones internas para designar a una nueva dirigencia, esto en referencia al proceso electoral nacional que se vivirá el próximo año y la estabilidad interna de la organización.

De acuerdo a los expertos del máximo tribunal en materia electoral del país, las modificaciones a los estatutos que el Consejo Político Nacional (CPN) del PRI hizo en diciembre del 2022 son viables debido a que se realizaron en una instancia que cuenta con facultades para crear tales movimientos estatutarios al interior del partido.

Asimismo, aunque se acusó que no existió tiempo suficiente para que los integrantes del CPN analizaran las modificaciones, los magistrados explicaron que los cambios fueron presentados 48 horas antes de que comenzara la sesión, por lo que existió el tiempo suficiente para que se remitieran a la orden del día, incluso se justificó que hubo quórum necesario para que fuera una reunión legal.

Durante la sesión, el magistrado Vargas Valdez llamó a respectar el derecho de autodeterminación de los partidos políticos, así como avalar una prórroga de la Dirigencia Nacional del PRI, debido a que cumpliría con lo que establece los documentos identitarios del tricolor.

“El partido cumplió con el procedimiento dispuesto en su propia normativa para que el Consejo Político Nacional aprobara las modificaciones al estatuto”

Y es que el magistrado también consideró que la decisión del INE representó una presunta intromisión a la vida interna del Revolucionario Institucional, debido a que la decisión fue avalada por un órgano de deliberación interno, mismo que representa a todos los sectores que componen al instituto político.

Asimismo, los magistrados Mónica Soto y Felipe Puentes secundaron los dicho por Vargas, pues detallaron que todos los partidos políticos cuentan con la facultad de realizar ajustes a las disposiciones de su organización interna y que esta responda a la nueva realidad política.

Mientras tanto, la magistrada Janine Otálora dio a conocer que no existió una debida justificación para que el CPN sea el órgano competente para modificar los estatutos, pues recordó que en los documentos se establece dicha facultad a la Asamblea Nacional.

“Sería darle carta abierta al Consejo Político (Nacional) para que modifique cualquier cuestión del Estatuto, en cualquier momento y sólo rinda un informe ante la asamblea, lo cual sería contrario a lo establecido y lo convierte en una facultad ordinaria de dicho órgano”, fue la justificación que emitió la magistrada.

Pese a la justificación de Reyes Mondragón y Janine Otálora, el proyecto fue aprobado y se ordenó al INE emitir una nueva resolución que responda a lo que determinó este miércoles 26 de abril el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

“Se revoca la resolución controvertida. Se declara la procedencia constitucional y legal de las porciones reformadas que fueron materia de estudio, en términos de la ejecutoria. Se ordena al INE emitir una nueva resolución en términos de esta ejecutoria”, fueron las palabras con las que terminó la resolución.

Conviene recordar que la resolución se dio cuando todavía el Instituto Nacional Electoral era presidido por Lorenzo Córdova. El órgano colegiado aseguró que los cambios no respondían a lo que decían los estatutos.